Se trata de una presentación que iba a realizar en 2020 en Gualeguaychú; primero se postergó para 2021 y finalmente la Municipalidad desistió de la realización por las denuncias de abuso sexual que enfrentaba el cantante
Gualeguaychú.-El martes 5 de diciembre, la justicia local dio lugar “a la acción entablada mediante representación letrada por la Municipalidad de San José de Gualeguaychú” y condenó “al Sr. Axel Patricio Fernando Witteveen, conocido artísticamente como Axel, condenando a STILLE S.R.L.(...) a restituir la suma de 2.541.000 millones de pesos, más los intereses de tasa activa del Banco Nación Argentina desde la fecha de recepción de la comunicación de la actora de la Resolución del contrato extrajudicialmente, mediante Carta Documento”.
El estudio jurídico que integran formalmente los abogados Darío Carrazza, Julieta Carrazza y Leonardo Chesini apeló esta resolución en representación de la productora STILLE S.R.L, aunque oportunamente tanto Julieta Carrazza como Darío Carrazza se excusaron de participar por sus funciones en el gobierno local desde diciembre pasado, y el recurso fue rubricado solo por Chesini. Finalmente, el jueves pasado, la Cámara de Apelaciones -Sala Civil y Comercial- ratificó la condena y el cantante tendrá que devolver el dinero cobrado por adelantado por un show que nunca se realizó.
La cobertura mediática de la contratación y posterior conflicto judicial con el artista, comenzó con la publicación al aire de R2820 RADIO del pago efectuado por el Ejecutivo local -en dos tramos y por adelantado- a la productora STILLE S.R.L. para que el cantautor Axel actuara en el escenario mayor de la Fiesta del Pescado y el Vino que tendría lugar en enero de 2020.
La sentencia de la justicia de Gualeguaychú
La información sobre el pago al músico surgió de un par de decretos en el ya extinto Boletín Oficial de la Municipalidad de Gualguaychú. El primero de los decretos, que llevaba el número 4048/2019 -de fecha 4 de octubre de 2019- daba cuenta en el artículo 2 de un pago realizado de 1.270.500 pesos por la actuación de Axel en la Fiesta del Pescado y el Vino 2020. Mientras que el artículo 3 disponía un pago idéntico con fecha del 18 de diciembre de 2019 que no se terminó realizando. Axel no actuó como estaba previsto debido a que, al conocerse una denuncia por abuso sexual contra el artista, la Municipalidad decidió darlo de baja de la grilla de aquel año. En ese marco, el decreto 110/2020, con fecha del 15 de enero de 2020, dispuso el pago del 50 % restante, o sea, 1.270.500 pesos más, para saldar la deuda con la nueva actuación que en ese momento se fijó para el 4 de enero de 2021.
Pero esa actuación tampoco se concretó, ya que la pandemia por Covid-19 obligó a la suspensión de los espectáculos masivos, para lo que se fijaron diferentes cuestiones administrativas en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el gobierno nacional. Este fue el principal argumento del Municipio de Gualguaychú en torno a porqué resolvieron prescindir de la actuación del artista, incluso en futuras ediciones de la fiesta.
Desde la productora de Axel insistían en que estaban dispuestos a brindar un show en otra fecha, mientras que la Municipalidad planteó que su reclamo estaba dirigido a recuperar el dinero abonado al artista por adelantado, no en mantener el contrato. Ante el desacuerdo de las partes, la Municipalidad inició una demanda que, ante el fracaso de las instancias de conciliación, devino en un juicio del que se conoció la resolución favorable al Municipio este martes.
La resolución del conflicto judicial - en primera instancia- estuvo a cargo de la titular del Juzgado Civil N°2 de Gualeguaychú, Dra. Susana Rearden. El reclamo patrocinado por los abogados Mariano Fiorotto y Martín Britos -integrantes de Legales de la Municipalidad de Gualeguaychú- obtuvo la condena a “STILLE S.R.L.(...) a restituir la suma de 2.541.000 pesos, más los intereses de tasa activa del Banco Nación Argentina desde la fecha de recepción de la comunicación de la actora de la Resolución del contrato extrajudicialmente, mediante Carta Documento”.
Finalmente la productora STILLE S.R.L. -bajo el patrocinio del estudio Carrazza- Chesini- apeló la sentencia de origen y obtuvo un nuevo revés judicial para el cantante. Vale destacar que, ante el cambio de gestión, tanto Julieta Carrazza -actual viceintendenta- y Darío Carrazza -integrante del equipo legal de la Municipalidad de Gualeguaychú en la gestión Davico- se excusaron de participar de la interposición del recurso que solo fue firmado por Leonardo Chesini.
Fuente: La Nación
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