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Ganancias: Extienden Plazo para Declaración Jurada y Reglamentan Deducción de Alquileres

La AFIP fija nuevo vencimiento y establece pautas para deducir alquileres en la liquidación de 2023.

Nuevo Plazo para Declaraciones Juradas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha extendido el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. La nueva fecha límite es el 30 de septiembre para aquellos trabajadores con ingresos brutos iguales o superiores a $15.917.863,58 durante el periodo fiscal 2023.

Adecuaciones y Prórrogas

La ampliación se suma a la adecuación de vencimientos generales ya prorrogados mediante las Resoluciones Generales N° 5516/2024 y N° 5519/2024 para la presentación del SiRADIG. La decisión está vinculada a las nuevas condiciones establecidas en el Paquete Fiscal sancionado por el Congreso.

Reglamentación de Deducción de Alquileres

La AFIP ha reglamentado la deducción de alquileres, introduciendo modificaciones en la presentación de la declaración jurada informativa de bienes, ingresos, gastos y deducciones. Los empleados que deban informar la deducción por alquileres de 2023 tienen tiempo hasta el 15 de julio próximo para que los empleadores la consideren en la liquidación anual.

Cambios Clave a Considerar

  • Las liquidaciones se realizarán según la "Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia".

  • Se usará el modelo publicado en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” del sitio web de la AFIP.

  • Se incorpora la deducción del 10% del monto mensual en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación.

  • El locatario puede computar esta deducción adicionalmente.

  • El locador puede computar la deducción incluso si declara ingresos por alquileres bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, siempre que los alquileres estén respaldados por factura o documento equivalente.

  • Se debe remitir a la AFIP una copia del contrato de alquiler en formato PDF, a través del servicio SiRADIG, en el primer período fiscal de la deducción y con cada renovación del contrato.

Liquidación Anual del Período Fiscal 2023

Para aplicar la deducción de alquileres correspondiente al período fiscal 2023, se deberán seguir estas pautas:

  • Informar los alquileres del período fiscal 2023 mediante el formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”.

  • El agente de retención considerará el monto de la deducción correspondiente a alquileres en la liquidación anual, incluyendo dicho importe en el ítem “Otras Deducciones” del Formulario F. 1357.


"La extensión del plazo y la reglamentación de deducción de alquileres son pasos importantes para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales de manera justa y ordenada. La claridad en las normativas ayuda a evitar errores y sanciones, promoviendo una mayor transparencia fiscal."


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