La Cámara de Apelaciones ratificó la resolución de una jueza que prohíbe el acercamiento con la víctima. La defensa de uno de los adolescentes había objetado.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo rechazó el recurso de apelación presentado por la familia de un adolescente de Roca denunciado por adulterar con inteligencia artificial fotos de otras menores de edad, con el fin de crear imágenes de abuso sexual infantil y ofrecerlas a cambio de dinero en redes sociales. La decisión judicial confirmó la resolución de la jueza subrogante de Familia, Ángela Sosa, que determinó medidas cautelares argumentando la existencia de «violencia de género digital».
La resolución, había sido confirmada el 27 de agosto y fija la prohibición de acercamiento de 200 metros por un plazo de 90 días, incluyendo el establecimiento educativo en el que comparte con la víctima. Además, se resolvió la obligación de asistir a un espacio terapéutico enfocado en masculinidades y violencia de género.
Los argumentos de la familia apelante
La familia del adolescente investigado presentó su apelación señalando que la resolución vulneró el debido proceso y el derecho de defensa, al considerar que carecía de fundamentación adecuada. También denunciaron la falta de intervención de la Dirección de Escuelas Medias e Infantiles (DEMEI), lo que, según ellos, anulaba la validez de la medida.
Asimismo, sostuvieron que el menor fue estigmatizado con acusaciones falsas y que la decisión judicial implicó discriminación por su edad, vulnerando su derecho a la educación y actividades deportivas. La familia aseguró que su dignidad había sido mancillada por un trato que calificaron de vejatorio y humillante, y criticaron la imposibilidad práctica de cumplir con la medida de alejamiento debido a la proximidad de los domicilios.
La postura de la Cámara
En su fallo, la Cámara sostuvo que los argumentos de la familia no resultaban suficientes para modificar lo resuelto en primera instancia. Reconoció la complejidad del caso, dado que ambas partes eran menores de edad y requerían protección de sus derechos humanos. Sin embargo, hizo énfasis en la situación de vulnerabilidad específica de la adolescente denunciante.
La Cámara resaltó que, además de ser menor de edad, la denunciante se encontraba atravesada por circunstancias de género y violencia digital, que requerían un enfoque interseccional en el análisis del caso. Esto incluyó la consideración de factores como el impacto diferencial de la violencia de género en mujeres jóvenes y adolescentes.
Medidas confirmadas y proyección del caso
La decisión ratificó que el adolescente deberá cumplir con la prohibición de acercamiento y asistir a un espacio terapéutico, medidas que, según la familia, ya se estaban implementando. También avaló la comunicación de las disposiciones a la institución educativa, un punto que los apelantes habían cuestionado.
La resolución dejó abierta la puerta para futuros cuestionamientos sobre el alcance y la implementación de este tipo de medidas cautelares en situaciones que involucren a menores de edad.
Fuente: Diario Río Negro
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