Tras el juicio político que se realizó vía remota el 26 de agosto, el Consejo resolvió por unanimidad, imponer esa sanción a la titular del Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N° 21 de Villa Regina, Paola Santarelli.
La funcionaria, si bien explicó diversas razones que provocaron el atraso en el dictado de sentencias entre 2015 y 2019, admitió la acusación formulada por el Procurador General, Jorge Crespo, y aceptó la aplicación de la sanción.
El jurado de enjuiciamiento estuvo a cargo del presidente del STJ y del Consejo de la Magistratura, Ricardo Apcarián; de los consejeros legisladores Facundo López, Norberto Gerardo Blanes y Pablo Barreno; los consejeros y consejeras por el Colegio de Abogados, Fernando Andrés Carrasco, Lorena Koltonski y Ruth Luengo, y la consejera por la judicatura, Paula Bisogni.
La sanción se impuso bajo los cargos de “mal desempeño de la función”, prevista en el artículo 199 de la Constitución Provincial, en la Ley Orgánica del Poder Judicial de Río Negro, en las “Reglas de Bangalore” sobre “competencia y diligencia” en el ejercicio del cargo judicial y en la Carta de Derechos de los Ciudadanos de la Patagonia Argentina ante la Justicia.
La jueza asumió al frente del Juzgado de Villa Regina en 2012. Las demoras en el dictado de sentencias y resoluciones se acumularon entre comienzos de 2015 y finales de 2019, sin que la situación haya podido revertirse totalmente pese al Plan de Regularización y Saneamiento implementado por la Superintendencia del Poder Judicial y a la redistribución de expedientes que se realizó para agilizar los procesos.
En total, y con diversos grados de retardo, las inspecciones de la Auditoría General del Poder Judicial contabilizaron más de 90 expedientes con plazos legales vencidos. De acuerdo con las estadísticas oficiales del Poder Judicial, el Juzgado N° 21 recibe alrededor de 600 causas nuevas por año, aunque en 2018 tuvo un ingreso mayor al habitual, con mas de 1.100 nuevos expedientes.
La acusación incluyó, finalmente, “irregularidades procedimentales y/o errores en la tramitación” de dos expedientes en particular.
Según surge de la sentencia del Consejo, en tanto adhiere a la acusación del Procurador, “las irregularidades o disfuncionalidades que surgen del análisis global del conjunto de las actuaciones, y que configuran las conductas reprochadas, se encuentra probadas y han sido reconocidas por la magistrada a lo largo del proceso, como también se encuentran probados los perjuicios sufridos por los justiciables, ya que no han sido tramitadas sus pretensiones y reclamos dentro del plazo estipulado por el ordenamiento procesal”. Además señala que por la situación “también se vio afectado el servicio de justicia en la ciudad de Villa Regina, a la sociedad en general y a los abogados del Colegio de General Roca en particular”. (Lo Principal)
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